| Ganaderos esperan que se disminuyan robos de animales |
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| Escrito por Tatiana Gutierrez Wa-chong |
| Martes 20 de Abril de 2010 07:07 |
• Tras aprobación de la nueva ley
• Las personas que movilicen ganado bovino deberán contar con una guía oficial, la cual deberán entregar en los puestos de control de vigilancia
Los ganaderos están sumamente satisfechos con las sanciones que se incluyeron en la Ley de Control, Movilización, Prevención y Sanción de Robo y Hurto de Ganado.
Según Aldo Mazzero, presidente de la Corporación, ahora podrán dormir tranquilos y por eso, hacen un llamado a todos los ganaderos del país para que marquen su ganado y presenten las denuncias respectivas ante las autoridades judiciales. Los ganaderos Maritza Azofeifa, vecina de Guápiles, y Ricardo Castro, manifestaron que esperan que con eso los cuatreros tengan más miedo y sepan los problemas en que podrían meterse. Los cambios en la legislación también representan un gran reto para los ganaderos, según explicó Mazzero, los cuales deben conocer por ejemplo los requisitos para la movilización de ganado bovino dentro del territorio nacional ya que deberá contar con una guía oficial de movilización establecida en esta Ley, la cual será requerida en los puestos de control por parte de las autoridades de la Policía del Ministerio de Seguridad Pública, de la Policía de Tránsito, del Ministerio de Salud y del Poder Judicial. “Sin la guía no se permite la movilización de ganado en pie y si no lo tiene la autoridad competente puede retener el ganado, los productos y los subproductos. “Es responsabilidad del ganadero marcar el ganado en el caso de los animales o bien, del sello del matadero en el caso de los canales y medios canales, según corresponda. “Es responsabilidad única y exclusiva del propietario o responsable de los animales incluir los datos requeridos en la guía oficial de movilización, en forma correcta, fidedigna y total, en el lugar donde inicie la movilización y transporte”, destacó. El monto de las multas será acreditado al Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) y servirá para alcanzar los objetivos de la ley”. Multas y delitos
A quien hurte ganado y lo desmiembre o mate se le impondrá prisión de dos a doce años y será reprimido con ocho meses o tres años a quien movilice, de manera dolosa, ganado bovino sin que cuente con la guía oficial de movilización establecida en la Ley. Igual pena se le impondrá a quien movilice productos o subproductos que no cuenten con la factura respectiva. Será reprimido con prisión de ocho meses a tres años quien, para los efectos de comercialización o consumo sacrifique, desmiembre o destace ganado en otro lugar que no sea un establecimiento oficialmente autorizado, según la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, Número 8495, del 6 de abril de 2006. |


